#Comunicado: La odisea de negociación desde 2019, marcada por estancamientos y tozudez.

La realidad de la situación que viven los miembros de UCOC y la historia de eventos que deseamos aclarar frente a las noticias que la administración ha distribuido a los medios nacionales e internacionales:

  • En efecto, se firmó una convención colectiva que empieza con una maratónica odisea de la Unión de Capitanes y Oficiales de Cubierta del Canal de Panamá (UCOC) desde el año 2019 tras querer negociar su convenio colectivo queda concluyendo en una negociación extendida producto de desacuerdos y una mala fe, trayendo como consecuencias los estancamientos, dilatando el próximo convenio colectivo que debió empezar en el año 2020. En virtud de la falta de acuerdos, UCOC le solicita a la Junta de Relaciones Laborales (JRL) resolver dos estancamientos, es en este último estancamiento que la JRL decide resolver la nueva convención colectiva de UCOC empezando a regir en el año 2024. Esta decisión que resuelve la JRL no fue del agrado de la administración, por lo que fue apelada a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y se le concede está en el efecto devolutivo. Por consiguiente está convención colectiva tenía que cumplirse íntegramente durante su  vigencia que fue de aproximadamente un año. No obstante, en julio del 2025 la CSJ revocó la decisión de la Junta y por ende la convención. Al ser revocada la convención colectiva UCOC solicita la negociación inmediatamente pero la respuesta de la Administración fue que nos corresponde negociar en el año 2028, otra interpretación muy alejada del fallo revocatoria de la CSJ. No obstante,  luego de varias solitudes de negociar y de la intervención de la JRL a través de una solicitud especial de UCOC, la cual la JRL resuelve indicándole  a la Administración que en virtud de la revocatoria la Convención está se encuentra vencida y existe la necesidad urgente de negociar los asuntos propuestos en la negociación.
  • Es importante mencionar que esta Convención Colectiva  a pesar de estar en efecto devolutivo ósea que es de estricto cumplimiento hasta que la CSJ lo revoque o modifique. la administración no acata la decisión de la JRL íntegramente, solamente cumplió con algunas partes de esta, excluyendo algunos asuntos de  seguridad y mejoras en las condiciones de trabajo.
  • Durante el año de vigencia de la convención se efectuaron los ajustes salariales descritos aplicados al salario producto del trabajo realizado.  Sin embargo, a partir del 30 de marzo de este año la administración empezó a descontar arbitrariamente y de forma ilegal dinero de nuestro salario sin importar la  violación de  ciertos principios legales.
  • Los fallos de la CSJ se rigen por principios jurídicos establecidos en la práctica de las leyes panameñas y se encuentran amparados bajo los principios de legalidad e irretroactividad. Este último señala que los fallos de la CSJ son de aplicación a futuro a partir de la emisión del fallo y no de forma retroactiva. Esta premisa, entre otras, desbanca completamente la interpretación lesiva de la administración en perjuicio de nuestras familias y de la credibilidad del régimen laboral del canal.
  • Hemos hecho múltiples solicitudes a la administración a que desista de esta medida pero ha perdurado su apego a seguir perjudicándonos de forma abusiva e ilegal.
  • Nos vemos forzados a entrar a una dura disputa legal en contra de los abusos de esta administración ya que es la única vía disponible ante esta interpretación sesgada.  La Junta Directiva y el  Ministro de asuntos del canal se mantienen al margen de esta disputa, alegando que no manejan temas laborales, lo cual en sí es una excusa débil y contraria a sus obligaciones de acuerdo a la Ley Orgánica del Canal.
  • Ha sido siempre nuestra disposición querer resolver este conflicto solicitándole a la administración que cese de esta arbitrariedad en contra de nuestro gremio y que desista de estas acciones  ilegales ya que su interpretación no cuenta con ningún tipo de sustento. Al parecer la actitud de la administración es de perseverar con conflictos lesivos al canal  manteniendo una ardua e innecesaria disputa legal.

Este sindicato se debe a sus miembros y no desistirá de luchar por sus derechos, en contra de toda la injusticia a la que estamos sometidos y con estas acciones lo único que se está logrando es destruir el régimen laboral del canal de los panameños. Los 200 trabajadores de este gremio han depositado su confianza en un estado de derecho. Por lo que hemos interpuesto varios recursos legales que permitan proteger al trabajador de esta arbitrariedad.